
¿Cuál es la función principal de las Cajas de Compensación?
La función principal de las Cajas de Compensación es administrar por cuenta del Estado, las prestaciones de seguridad social conforme a la Ley 18.833, como las asignaciones familiares, los subsidios de cesantía, los subsidios por incapacidad laboral y por reposo maternal de los trabajadores afiliados a Fonasa.
Adicionalmente, en la actualidad otorgan una amplia gama de servicios sociales que aportan a la calidad de vida de los chilenos, como créditos a sectores tradicionalmente no bancarizados, los cuales se descuentan por planilla, transformándose en el más importante sistema de asistencia social dado el número de personas que resulta beneficiado de ellas y la multiplicidad de funciones que cumple.
¿Desde cuándo y por qué existen?
Las Cajas de Compensación son reconocidas desde 1953 como entidades de seguridad social en Chile. Su existencia se basa en la administración de las prestaciones de seguridad social, las cuales tendían al desarrollo y bienestar del trabajador y su familia.
Las Cajas de Compensación surgieron como una necesidad social sin atenerse a reglamentaciones o leyes de ningún tipo.
La importancia de las cajas radica en que éstas solucionan contingencias sociales no cubiertas por otras instituciones.
¿De qué organismo dependen?
Las Cajas de Compensación dependen del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
¿Qué tipo de personas tiene derecho a afiliarse?
Los trabajadores dependientes del sector privado, los pensionados, los trabajadores del sector público del sector central o descentralizado tienen derecho a afiliarse a una caja de compensación.
Los pensionados por su parte, también pueden afiliarse a una Caja de manera individual y acceder a todos los beneficios que éstas les ofrecen. Para ello deben pagar hasta el 2% de su pensión, monto que es descontado al pensionado por la entidad que le paga su previsión.
¿Los trabajadores independientes pueden afiliarse?
Sí, sólo para los efectos de acceder a los beneficios de los regímenes de prestaciones adicionales, de crédito social y de prestaciones complementarias. Los trabajadores independientes que se encuentren cotizando para pensiones y salud, podrán afiliarse individualmente a una CCAF, en cuyos estatutos se los considere como beneficiarios de los aludidos regímenes.
Para contribuir al financiamiento de las prestaciones, cada CCAF establecerá un aporte de cargo de cada afiliado independiente, de carácter uniforme, cuyo monto podrá ser fijo o variable. Dicho aporte no podrá exceder del 2% de la renta imponible para pensiones. Las CCAF podrán suscribir convenios con asociaciones de trabajadores independientes u otras entidades relacionadas con éstos, para los efectos del otorgamiento de prestaciones complementarias, debiendo establecer la forma de su financiamiento.
Este beneficio entrará en vigencia el 1° de enero de 2012
¿Es una obligación legal de las empresas estar afiliadas a alguna C.C?
Las empresas no están obligadas a afiliarse a alguna caja de compensación. En caso de hacerlo, deberá realizarlo personalmente y no les estará permitido afiliar personal externo a la empresa, sino sólo empleados.