Es una asignación en dinero que se otorga a la (el) cónyuge o cargas familiares a causa del fallecimiento del trabajador(a), para ayudar a financiar los gastos de mantención de la familia en el período posterior a la defunción.
Requisitos:
- El trabajador fallecido debe registrar contrato vigente a la fecha de su fallecimiento.
- El plazo para solicitar el beneficio es de 180 días contados desde la fecha del deceso.
- Los trabajadores solteros sin cargas familiares son igualmente causantes del beneficio. Esta asignación puede ser solicitada por:
- La (el) cónyuge
- Las cargas familiares autorizadas
El padre o madre del beneficiario soltero y sin cargas.
Documentación requerida:
- Certificado de defunción del trabajador (original)
- Carné de identidad de la cónyuge o de la madre de los hijos no matrimoniales, de la guardadora de sus hijos o de la persona que cobre este beneficio.
- Certificado de Permanencia, firmado y timbrado por la empresa.