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Alzamiento de hipotecas
Si tienes o tuviste un crédito hipotecario, esto te interesará.
Es un trámite, en el cual la entidad financiera que proporciona el crédito hipotecario, en este caso Caja Los Andes, devuelve la garantía de la propiedad adquirida con este, una vez que el afiliado paga totalmente la deuda.
El 23 de enero de 2016 comenzó a regir la nueva ley sobre alzamiento de hipotecas
Nuevas obligaciones de Caja Los Andes
Beneficios para ti con esta nueva ley
La nueva ley 20.855 obliga a los bancos e instituciones financieras, en este caso a Caja Los Andes, a asumir el costo del alzamiento de la hipoteca, fijando un plazo determinado para tal gestión.
Antes eras tú quien debía solicitar el trámite y correr con todos los gastos asociados.
El alzamiento permite que una vez que terminaste de pagar tu casa, puedas disponer libremente de ella, sin asumir ningún costo ni realizar ningún trámite.
Ahora Caja Los Andes te informará en cuanto hayas pagado la última cuota del crédito, mediante cualquier medio físico o tecnológico, que comenzarán con tu trámite de hipotecas.
Una vez que pagaste el crédito, en un plazo no superior a 45 días el trámite del alzamiento debe quedar realizado.
Antes de la entrada en vigencia de esta Ley, este proceso tomaba mucho más tiempo.
Finalmente Caja Los Andes tiene que entregarte la escritura pública de alzamiento de hipoteca y de los demás gravámenes y prohibiciones, ingresarla al Conservador de Bienes Raíces para la subinscripción pertinente.
Lo más relevante de esta nueva Ley, es que el costo del alzamiento debe ser asumido totalmente por Caja Los Andes, y ya no más por la persona que pidió el crédito.
La gestión debe realizarse en un plazo máximo de 45 días desde que pagaste la última cuota.